Reglamentación del servicio de delivery

12 Agosto 2020

Con el objetivo de ordenar el servicio delivery y entrega en puerta de alimentos elaborados por los comercios gastronómicos y casas de comidas, el Gobierno Municipal dispuso un decreto que autoriza esta modalidad únicamente para los comercios habilitados a tal fin, bajo el rubro gastronómico y de comidas elaboradas, a brindar el servicio delivery y entrega, fuera del horario regular de comercio autorizado que rige hasta el momento.

En el marco de la emergencia sanitaria, los titulares de los comercios autorizados deberán respetar los protocolos existentes para evitar la propagación del Covid-19. En el caso que se constate infracción a esta norma, se sancionará con multas entre 50 hasta los 1000 módulos municipales.


12 de Agosto de 2020 - Subsecretaría de Comunicación Ciudadana

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